Ley 7/2017 de 2 de noviembre por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo. BOE 268/2017 de 4 de noviembre de 2017. Vigencia desde 5 de noviembre de 2017.
Del preámbulo de la Ley entresacamos estas ideas fundamentales:
- No es suficiente el reconocimiento por los Estados de un repertorio de derechos a los consumidores, por lo que resulta imprescindible el establecimiento de cauces adecuados para que estos puedan hacer valer los derechos reconocidos.
- La eficiencia de un derecho protector de los consumidores se va a medir, no sólo por la perfección o equidad de sus normas, sino también por la existencia de cauces sencillos, rápidos y gratuitos o de escaso coste a través de los cuales se puedan hacer exigibles sus derechos cuando estos no hayan sido respetados adecuadamente.
La presente ley es una apuesta decidida por la utilización de instancias y mecanismos de mediación, conciliación y arbitraje como mejor itinerario en el ejercicio de los derechos.