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Ley 7/2017 de 2 de noviembre por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo. BOE 268/2017 de 4 de noviembre de 2017. Vigencia desde 5 de noviembre de 2017.

Del preámbulo de la Ley entresacamos estas ideas fundamentales:

  1. No es suficiente el reconocimiento por los Estados de un repertorio de derechos a los consumidores, por lo que resulta imprescindible el establecimiento de cauces adecuados para que estos puedan hacer valer los derechos reconocidos.
  2. La eficiencia de un derecho protector de los consumidores se va a medir, no sólo por la perfección o equidad de sus normas, sino también por la existencia de cauces sencillos, rápidos y gratuitos o de escaso coste a través de los cuales se puedan hacer exigibles sus derechos cuando estos no hayan sido respetados adecuadamente.

La presente ley es una apuesta decidida por la utilización de instancias y mecanismos de mediación, conciliación y arbitraje como mejor itinerario en el ejercicio de los derechos.