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En trámite en el Congreso de los Diputados, la mentada proposición de Ley de Segunda Oportunidad aboga por que durante las negociaciones del acuerdo no se puedan iniciar ejecuciones ni anotar embargos contra el patrimonio del deudor ni contra el patrimonio de sus fiadores o avalistas. También prevé que en el acuerdo entren las deudas con Hacienda y la Seguridad Social y se reduzca el porcentaje de acreedores que deben apoyar el acuerdo para que este sea aprobado.

Prevé que las personas y familias que se vean privadas de su vivienda habitual puedan permanecer en ellas con un alquiler social por plazo de 3 años prorrogable hasta 5. La renta mensual no podrá superar el 30% de los ingresos.

Como nota más relevante, amplía la exoneración a todos los créditos del deudor, incluyendo los de derecho público (deudas con Hacienda y Seguridad Social), sin el requisito de un plan de pagos cuando el deudor haya sido privado de todo su patrimonio y alcanza los efectos del beneficio de exoneración a los fiadores y avalistas que se encuentren en situación de vulnerabilidad.