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El RDL 16/2020 de 28 de abril señala que, durante el año siguiente a la declaración del estado de alarma, es decir hasta el 14 de marzo de 2021 se considerará que el acuerdo extrajudicial de pagos (AEP) se ha intentado por el deudor, sin éxito, si se acredita que se han producido dos faltas de aceptación del mediador concursal para ser designado.

Significa lo anterior que en el supuesto, hasta hoy muy corriente, de que los sucesivos mediadores concursales designados no acepten el nombramiento, el Notario no verá demorado el cierre del acta hasta que finalmente haya un mediador que acepte sino que cuando, de forma consecutiva, los dos primeros mediadores designados declinen el nombramiento, deberá sin más dilación cerrar el acta y el deudor, acreditando este hecho, podrá solicitar el concurso consecutivo y, en consecuencia quedará acortado de forma significativa el espacio de tiempo que en su caso conduce al deseado BEPI.

En medio del clima de incertidumbre y pesar en que nos hallamos, se trata sin duda de una buena noticia de ahí que la traigamos a colación.