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El mantenimiento en la CIRBE de un deudor que, por vía de la “Ley de Segunda Oportunidad”, haya visto “perdonada” su deuda a través del oportuno Auto del Juzgado, vulnera el derecho al honor del deudor si dicho Auto se ha puesto en conocimiento de la entidad financiera de manera fehaciente.

Así lo reconoce una reciente Sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo, de 14 de enero de 2020, que condenó a una entidad financiera a indemnizar al deudor por daño moral en la cantidad de 1.000 euros más intereses, así como a realizar las actuaciones necesarias para excluir al deudor de la CIRBE por esa deuda.

La doctrina del Tribunal Supremo ha establecido que la inclusión en el fichero CIRBE de los datos relativos a la existencia de una deuda o garantía, sin que exista una situación de morosidad, no afecta al derecho al honor. Tal y como ilustra el TS a través de diversas sentencias, la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) no es propiamente un fichero de morosos, sino que es un fichero administrativo destinado a informar sobre los riesgos de crédito que nacen por los contratos propios de la actividad financiera. Es decir, no todas las personas que constan en esos ficheros están ahí porque exista algún incumplimiento o mora.

El problema nace cuando la entidad financiera es conocedora del Auto de exoneración del pasivo insatisfecho y no lo comunica a la CIRBE. En consecuencia, la vulneración al derecho al honor se podrá dar si de las menciones del fichero CIRBE se desprende que la persona es morosa sin serlo y se acredita que se ha informado fehacientemente a la entidad financiera de la existencia del Auto de exoneración del pasivo insatisfecho y ésta no ha hecho nada al respecto, provocando que haya un dato inveraz que conlleva una afrenta al prestigio u honor de esa persona.