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El RD-ley 5/2021 vuelve a fomentar la agilización en la tramitación de los acuerdos extrajudiciales de pagos que no consigan que ningún mediador acepte el cargo para el que han sido nombrados.

El RD-ley 5/2021 ha vuelto a ampliar el período en el cual se considera que el acuerdo extrajudicial de pagos se ha intentado, si se acredita que se han producido dos faltas de aceptación de los mediadores concursales designados.

En una entrada anterior de este blog ya nos referimos a la modificación introducida con el Real Decreto-ley 16/2020 de 28 de abril, que introdujo esta novedad, para un plazo que finalizaba ahora.

Con posterioridad, Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, en su artículo 12, volvió a tratar el asunto.

Ahora, con este RD-ley 5/2021, se modifica el art. 12 de la Ley 3/2020 para ampliar ese plazo hasta el 31 de diciembre de 2021.

Significa lo anterior que si los dos primeros mediadores concursales designados no aceptan su nombramiento, se cerrará el acta sin más dilación y se podrá solicitar el concurso consecutivo, en consecuencia, acortando los plazos para optar al Beneficio de Exoneración del Pasivo insatisfecho (BEPI).

Habiendo pasado un año desde el inicio del estado de alarma, con las restricciones económicas y financieras que ha traído la pandemia de la COVID19, esta es sin duda una buena noticia para todos aquellos deudores que estén inmersos en un expediente de “ley de segunda oportunidad”, quienes verán una agilización de la tramitación del expediente de AEP.