Seleccionar página

Liberar deudas: habitualmente, las personas que acceden a la «Ley de 2ª Oportunidad» arrastran también crédito público de su anterior situación y aspiran a que se puedan liberar deudas con Hacienda y Seguridad Social a través del mecanismo del BEPI. Este escenario lo encontramos, sobre todo, cuando hablamos de personas cuya deuda proviene de su anterior etapa empresarial y profesional.

Es habitual que, aquellos que tenían un negocio, una tienda, etc y que se vieron arrastrados por la situación de deuda acumulada por diversos motivos (fracaso empresarial, enfermedad, etc), finalmente tuvieran que dejar de pagar sus deudas, para poder vivir, y posiblemente se vieran empujados a dejar de pagar crédito público, por imposibilidad, por lo que se habrán generado deudas con Hacienda y Seguridad Social.

En un escenario como el descrito, resulta interesante saber cómo responde el mecanismo del BEPI y de la «Ley de Segunda Oportunidad» respecto de sus deudas, también las de Hacienda y Seguridad Social.

Sobre este particular, el Tribunal Supremo, en su día, resolvió entendiendo (básicamente) que el crédito público también debe incluirse en el mecanismo del BEPI y por tanto es objeto de exoneración bajo las premisas y con los requisitos que la «Ley de Segunda Oportunidad» ha establecido para que se contemple ese BEPI.

Para conocer más sobre dichas resoluciones, recomendamos acceder a alguna de nuestras anteriores entradas en este blog, que os reseñamos para facilitar la comprensión de la situación existente:

El concepto de buena fe en la “Ley de 2º Oportunidad”. STS 381/2019

¿Cómo afecta el perdón judicial a la deuda con Hacienda? (STS de 02 de julio de 2019)

Recientemente ha habido diversas resoluciones en Juzgados Mercantiles de Barcelona que clarifican la situación respecto del alcance del BEPI (liberación de deudas) para el crédito público (Hacienda, Seguridad Social, etc) y su encaje con el nuevo TRLC que fue a probado por el Real Decreto Legislativo 1/2020.

El argumento que se ha contemplado por los Magistrados de esos Juzgados es, básicamente, que no debe haber duda en relación a la doctrina que ha establecido el Tribunal Supremo y que, en consecuencia, el TRLC sólo podía alterar la literalidad de la norma para eliminar dudas en su interpretación pero no para cambiar el sentido del precepto.

De esta manera, sostienen en dichas resoluciones, que el crédito público (Hacienda, Seguridad Social, etc) debe estar incluido en el sistema del BEPI, de exoneración del pasivo insatisfecho.

En el mismo sentido, se han producido diversas manifestaciones (en artículos publicados recientemente) de otros Magistrados que consideran que el crédito público debe formar parte de la deuda exonerada.

Sin duda se trata de una buena noticia para todos aquellos que se encuentran con deudas con acreedores y con Hacienda, Seguridad Social, etc, que no ven salida a su día a día y que, gracias a la “Ley de Segunda Oportunidad” pueden alumbrar un nuevo escenario que les posibilite rehacer su vida.

En medio del clima de incertidumbre y pesar en que nos hallamos, se trata sin duda de una buena noticia de la que se han hecho eco diversos medios, como por ejemplo La Vanguardia, en un artículo publicado en su edición del lunes 16 de noviembre de 2020, en la que su autor (Lalo Agustina) realiza un certero resumen de la situación existente. Para todos aquellos que deseen saber más, les adjuntamos el link de acceso al artículo que sin duda resulta de gran interés:

Acceso al artículo de La Vanguardia

Esperamos que resoluciones como las que han tomado estos Magistrados de lo Mercantil de Barcelona se continúen dando, pues es evidente que la «Ley de 2ª Oportunidad» puede suponer un buena opción para quien se encuentre ahogado por su situación de deudas y pretenda rehacer su vida. No obstante, si se pretende que perduren todas sus deudas con Hacienda y Seguridad Social, el mecanismo no encontrará el acomodo esperado en la sociedad a la que va dirigida, de ahí que sean necesarias resoluciones del tenor como las descritas, que además se ajustan al sentido de las resoluciones del Tribunal Supremo.

ley-segunda-oportunidad-asfixiado-por-las-deudas

ley-segunda-oportunidad-asfixiado-por-las-deudas